Quienes opten a una de las 166 plazas de Profesores/as convocadas en la comunidad cántabra, ya pueden enviar sus solicitudes. El plazo de inscripción está abierto hasta el 22 de abril de 2025. Las bases de esta convocatoria de Profesores en Cantabria pueden consultarse en el BOC nº 64 de 2 de abril de 2025.
Desglose de plazas
Las 166 plazas incluidas en esta convocatoria de Profesores en Cantabria se distribuyen de la siguiente forma:
Profesores de Enseñanza Secundaria
-Filosofía: 1 plaza
-Geografía e Historia: 1 plaza
-Matemáticas: 3 plazas
-Biología y Geología: 4 plazas
-Dibujo: 3 plazas
-Alemán: 1 plaza
-Educación Física: 2 plazas
-Orientación Educativa: 1 plaza
-Asesoría y Procesos de Imagen Personal: 1 plaza
-Hostelería y Turismo: 3 plazas
-Tecnología: 11 plazas
-Administración de Empresas: 3 plazas
-Informática: 5 plazas
-Intervención Sociocomunitaria: 5 plazas
-Navegación e Instalaciones Marinas: 1 plaza
-Organización y Gestión Comercial: 1 plaza
-Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos: 2 plazas
-Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica: 3 plaza
-Organización y Gestión Comercial: 1 plaza
-Procesos de Producción Agraria: 2 plazas
-Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos: 1 plaza
-Procesos Sanitarios: 1 plaza
-Sistemas Electrotécnicos y Automáticos: 1 plaza
-Instalaciones Electrotécnicas: 10 plazas
-Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios: 1 plaza
-Operaciones y Equipos de Producción Agraria: 3 plazas
-Sistemas y Aplicaciones Informáticas: 9 plazas
Profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional
-Cocina y Pastelería: 1 plaza
-Estética: 1 plaza
-Mecanizado y Mantenimiento de máquinas: 1 plaza
-Patronaje y Confección: 1 plaza
-Peluquería: 1 plaza
-Servicios de Restauración
-Soldadura: 1 plaza
Profesores de Escuelas oficiales de Idiomas
-Inglés: 1 plaza
¿Qué titulación necesito para presentarme?
Para poder inscribirte en esta convocatoria de Profesores en Cantabria, necesitarás contar con las siguientes titulaciones:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
-Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional o Escuelas Oficiales de Idiomas. La especialidad que conste en el citado título facultará para la presentación de la persona aspirante a cualquier especialidad.
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
-Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. La especialidad que conste en el citado título facultará para la presentación del aspirante a otras especialidades.
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
-Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente, o título Superior de Música equivalente a licenciatura o grado.
-De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, aprobado por el Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, en tanto no se regule para cada enseñanza la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la citada ley orgánica, no se exige en la presente convocatoria la acreditación de dicha formación a las personas aspirantes de ingreso en el cuerpo de profesores de Profesores de Música y Artes Escénicas.
Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional
-Estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta, correspondiente u otros títulos de Técnico Superior de Formación Profesional declarados equivalentes, a efectos de docencia.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de esta Ley, o la establecida para la capacitación pedagógica y didáctica de Técnicos Superiores o equivalente.
Proceso selectivo
El sistema de selección de esta convocatoria de Profesores en Cantabria es el de concurso-oposición. Puedes consultar las bases íntegras aquí mismo:
Si necesitas más información, puedes contactar con la Redacción de Mundopositor.
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