Quienes opten a una de las 101 plazas de Profesores convocadas en la comunidad cántabra, para la estabilización de empleo temporal,ya pueden enviar sus solicitudes. El plazo de inscripción está abierto hasta el 6 de marzo de 2023. Las bases de esta convocatoria de Profesores en Cantabria pueden consultarse en el BOC extraordinario nº 64 de 30 de diciembre de 2022. En dicho boletín oficial también se establecen las bases que regirán los procesos selectivos/as para el Cuerpo de Maestros, pero de momento, solo se ha abierto el plazo para Profesores.
Desglose de plazas
Las 101 plazas incluidas en esta convocatoria de Profesores en Cantabria se distribuyen de la siguiente forma:
Profesores de Enseñanza Secundaria
-Filosofía: 3 plazas
-Lengua Castellana y Literatura: 21 plazas
-Geografía e Historia: 5 plazas
-Matemáticas: 4 plazas
-Biología y Geología: 2 plazas
-Dibujo: 2 plazas
-Francés: 1 plaza
-Inglés: 4 plazas
-Educación Física: 6 plazas
-Orientación Educativa: 4 plazas
-Tecnología: 5 plazas
-Administración de Empresas: 2 plazas
-Informática: 1 plaza
-Intervención Sociocomunitaria: 7 plazas
-Organización y Gestión Comercial: 1 plaza
-Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica: 1 plaza
-Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos: 1 plaza
-Procesos Sanitarios: 1 plaza
-Sistemas Electrotécnicos y Automáticos: 1 plaza
-Instalaciones Electrotécnicas: 2 plazas
-Maquinas, Servicios y Producción: 1 plaza
-Procedimientos Sanitarios y Asistenciales: 1 plaza
-Procesos Comerciales: 2 plazas
-Procesos de Gestión Administrativa: 2 plazas
-Servicios a la Comunidad: 8 plazas
-Sistemas y Aplicaciones Informáticas: 5 plazas
Profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional
-Cocina y Pastelería: 3 plazas
Profesores de Escuelas oficiales de Idiomas
-Inglés: 1 plaza
Profesores de Música y Artes escénicas
-Orquesta: 1 plaza
-Piano: 3 plazas
¿Qué titulación necesito para presentarme?
Para poder inscribirte en esta convocatoria de Profesores en Cantabria, necesitarás contar con las siguientes titulaciones:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
-Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional o Escuelas Oficiales de Idiomas. La especialidad que conste en el citado título facultará para la presentación de la persona aspirante a cualquier especialidad.
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
-Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. La especialidad que conste en el citado título facultará para la presentación del aspirante a otras especialidades.
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
-Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente, o título Superior de Música equivalente a licenciatura o grado.
-De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, aprobado por el Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, en tanto no se regule para cada enseñanza la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la citada ley orgánica, no se exige en la presente convocatoria la acreditación de dicha formación a las personas aspirantes de ingreso en el cuerpo de profesores de Profesores de Música y Artes Escénicas.
Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional
-Estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta, correspondiente u otros títulos de Técnico Superior de Formación Profesional declarados equivalentes, a efectos de docencia.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de esta Ley, o la establecida para la capacitación pedagógica y didáctica de Técnicos Superiores o equivalente.
Proceso selectivo
El sistema de selección de esta convocatoria de Profesores en Cantabria es el de concurso-oposición. Puedes consultar las bases íntegras aquí mismo:
Si necesitas más información, puedes contactar con la Redacción de Mundopositor.
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