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Diccionario de las oposiciones: Homologar y Convalidar 

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Diccionario de las oposiciones: Homologar y Convalidar

Homologar y convalidar son dos conceptos que pueden llevar a confusiones y que es muy importante tener claros para poder descifrar los requisitos que se detallan en la convocatoria, sobre todo si no tenemos títulos completos terminados. 

En Mundopositor Te Orienta recibimos muchas consultas sobre las diferencias entre ambos, sobre qué es convalidable o sobre cómo se gestiona. Por eso hemos querido dedicar un post a definir y diferenciar estos dos conceptos. 

Si no tienes claro qué es qué, sigue leyendo que te lo contamos todo sobre homologar y convalidar.  

¿Qué es “homologar”? 

La homologación de títulos obtenidos en el extranjero por los títulos equivalentes españoles es el reconocimiento de su validez oficial en España de esa formación finalizada. La homologación de estos títulos supone el reconocimiento del grado académico de que se trate, permitiendo continuar estudios en nuestro sistema educativo y reconociendo los efectos profesionales propios del título español de referencia, si se trata de títulos que habilitan para su ejercicio. 

Si tu profesión está regulada, y tienes un título extranjero, necesitas una homologación para poder ejercer de ella. 

¿Qué es “convalidar”? 

La convalidación de estudios extranjeros supone la declaración de la equivalencia de aquellos con los correspondientes españoles a efectos de continuar estudios en un centro docente español, pero no sirve como habilitación para ejercer profesionalmente. La convalidación tiene efectos académicos y no profesionales. 

No se homologan o convalidan los siguientes títulos o estudios: 

  • Asignaturas sueltas 
  • Los títulos ya obtenidos en el sistema educativo español 
  • Estudios cursados en centros extranjeros no autorizados en España 
  • Títulos extranjeros que no conducen a títulos con validez académica oficial. 
  • Títulos, diplomas, certificados o estudios extranjeros que no dan grados académicos o no forman parte del sistema educativo extranjero. 
  • Los títulos extranjeros obtenidos por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un tercer país. 

Sí se homologan o convalidan los siguientes títulos o estudios finalizados: 

  • Educación Secundaria Obligatoria. 
  • Bachillerato. 
  • Formación Profesional (Técnico o Técnico Superior). 
  • Enseñanzas Artísticas Superiores. 
  • Enseñanzas Deportivas. 

Si tienes un título extranjero y quieres que te sirva para trabajar debes solicitar una homologación. Si lo que quieres es continuar tus estudios, te sirve una convalidación. Y si lo que quieres es opositar y que te sirva para acreditar el nivel de estudios que se detalla en los requisitos de tu convocatoria, te sirven ambas opciones. Es importante que entiendas las diferencias entre homologar y convalidar.  

Además, también es interesante que conozcas las equivalencias necesarias para opositar.

Desde Mundopositor Te Orienta te recomendamos revisar tus títulos extranjeros y gestionar con tiempo el proceso que más se adapte a tus necesidades e intereses. Y si tienes dudas, pregúntanos. Te esuchamos

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