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El Gobierno desbloquea la jubilación parcial del personal laboral: la OEP 2026 incluirá 854 plazas de relevistas

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¡Grandes noticias para el empleo público! El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley de medidas urgentes que soluciona de forma permanente la jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas.

Esta medida no solo beneficia a los trabajadores que desean iniciar su retiro gradual, sino que abre una excelente oportunidad para los opositores. Para garantizar este sistema, la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2026 de la Administración del Estado ya ha incluido un total de 854 plazas para la contratación de personal relevista fijo.

A continuación, te explicamos en qué consiste este nuevo sistema flexible, cuáles son los requisitos exigidos y cómo afectará a las próximas convocatorias.

¿Por qué era necesario este cambio en la Administración?

Hasta ahora, la normativa de la Seguridad Social exigía que, para que un trabajador laboral pudiera acceder a la jubilación parcial, se debía formalizar de manera simultánea un contrato de relevo indefinido y a tiempo completo.

Aunque esto es viable en el sector privado, en el sector público suponía un grave problema técnico. Las contrataciones en la Administración no pueden ser inmediatas ni arbitrarias: deben respetar escrupulosamente los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, además de estar supeditadas a los plazos anuales de las Ofertas de Empleo Público (OEP).

Con el nuevo Real Decreto-ley, el Gobierno adopta una solución permanente y flexible acordada con los sindicatos mayoritarios (UGT, CSIF y CCOO) en el marco del diálogo social.

Un sistema gradual y flexible: ¿Cómo funcionará el contrato de relevo?

La nueva normativa determina que las administraciones públicas deberán planificar estas sustituciones a través de sus herramientas de gestión de personal, preferentemente mediante las ofertas de empleo público.

El orden de prioridad para cubrir estas bajas parciales será el siguiente:

  1. Personal laboral fijo: Se acudirá en primer lugar a la contratación de personal laboral fijo para simultanear la jubilación parcial del titular con el nuevo relevista.
  2. Personal laboral temporal de sustitución: Si por plazos o dinámicas de la convocatoria no es posible realizar la contratación fija de forma simultánea, se permitirá un contrato temporal de sustitución a tiempo completo. Este finalizará cuando se formalice el contrato fijo definitivo o, como máximo, al término del segundo año posterior a la extinción de la jubilación parcial.

Nota importante: El puesto de trabajo que ocupe el relevista podrá ser idéntico o diferente al del empleado sustituido, siempre que se mantenga la correspondencia necesaria entre las bases de cotización que exige la Seguridad Social.

Requisitos para acceder a la jubilación parcial anticipada

Para que el personal laboral contratado a tiempo completo pueda acogerse a esta modalidad de jubilación, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Edad: Retirarse hasta un máximo de 3 años antes de la edad ordinaria de jubilación.
  • Cotización: Acreditar un periodo mínimo de cotización de 33 años.
  • Antigüedad: Contar con al menos 6 años de antigüedad ininterrumpida en la empresa pública inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.
  • Reducción de jornada: Esta debe situarse entre el 25% y el 75%. Si el retiro se anticipa más de dos años, la reducción de la jornada durante el primer año tendrá que ser de entre el 20% y el 33%.

De este modo, el empleado reduce sus horas de trabajo y percibe la parte proporcional de su salario combinada con el porcentaje correspondiente de su pensión de jubilación.

OEP 2026: 854 plazas para personal relevista fijo

Esta reforma tiene un impacto directo e inmediato en las opciones de conseguir una plaza pública. Como la contratación del personal relevista fijo debe regirse por los procesos selectivos habituales del empleo público, las plazas deben salir a la luz en los boletines oficiales.

De hecho, la OEP 2026 de la Administración General del Estado (AGE) ya ha tomado la delantera reservando de forma expresa 854 plazas destinadas exclusivamente a personal relevista fijo.

Régimen transitorio hasta 2027

Para facilitar que las diferentes administraciones (locales, autonómicas y estatales) se adapten a este nuevo marco regulatorio, se ha establecido un régimen transitorio hasta el 1 de abril de 2027. Este periodo permitirá vincular las jubilaciones parciales a contratos fijos a tiempo completo que se hayan formalizado desde el 1 de abril de 2024 a través de convocatorias ordinarias anteriores.

Otras medidas: Revisión del plus de insularidad en Baleares

El Real Decreto-ley aprovecha también para dar respuesta a una reivindicación histórica del personal del sector público estatal destinado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

A través de una disposición adicional, el Gobierno se compromete a iniciar un proceso de revisión de las cuantías de la indemnización por residencia (plus de insularidad). El Ejecutivo revisará estos importes en un plazo máximo de seis meses mediante negociación colectiva para adaptarlos al coste de vida actual, garantizando por ley que esta actualización nunca supondrá una bajada de las cantidades que se perciben en la actualidad.