Agente de Movilidad del Ayuntamiento del Madrid: estas son las bases

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Agentes de Movilidad del Ayuntamiento del Madrid

Se han publicado las bases que regirán los procesos selectivos de Agente de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid. Pueden consultarse en el BOAM nº 9.591 de 13 de marzo de 2024, pero te las explicamos a continuación.

Requisitos para ser Agente de Movilidad del Ayuntamiento del Madrid

Si estás planteando opositar para Agente de Movilidad del Ayuntamiento del Madrid, debes saber que es necesario que cumplas los siguientes requisitos:

-Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para su expedición.

-Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A2 y B.

-Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un Colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en las bases. No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. La fecha de expedición de estos certificados no podrá ser superior a 6 meses respecto de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

¿Cómo será el proceso selectivo de Agente de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid?

El proceso de selección de Agente de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid constará de las siguientes fases:

Oposición.

Curso selectivo de formación.

Periodo de prácticas.

Fase de oposición

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de 70 preguntas que versarán sobre el contenido del programa.

Segundo ejercicio: consistirá en la realización de las siguientes pruebas físicas en el orden que se relacionan:

1º Prueba de velocidad (60 metros lisos).

2º Salto de longitud desde posición de parado.

3º Prueba de resistencia (800 metros lisos).

Tercer ejercicio: reconocimiento médico practicado por los facultativos que se designen al efecto. Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias, o de otra clase, se consideren necesarias, para comprobar que el/la opositor/a no está incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en estas bases.

Puedes consultar las bases íntegras aquí mismo:

Si necesitas más información, puedes contactar con el Servicio de Orientación de Mundopositor.