El Ayuntamiento de Palma convoca 12 plazas de Auxiliar Administrativo/a

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El Ayuntamiento de Palma convoca 12 plazas de Auxiliar Administrativo/a

En el BOIB nº 161 de 25 de noviembre de 2023 se publica la convocatoria de 12 plazas de Auxiliar Administrativo/a para el Ayuntamiento de Palma. Todas las plazas son de libre acceso y se convocan mediante el sistema de oposición. Tras publicarse el extracto de esta convocatoria en el BOE nº 301 de 18 de diciembre de 2023 se abre el plazo de inscripción desde el 19 de diciembre de 2023 hasta el 8 de enero de 2024.

De las 12 plazas convocadas, 5 se reservan para personas con discapacidad. 

Requisitos para opositar a Auxiliar Administrativo/a en el Ayuntamiento de Palma

-Tener la nacionalidad española o tener la nacionalidad de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún estado en el que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con excepción de aquellos puestos de trabajo que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las administraciones públicas. En las mismas condiciones, también puede participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los nacionales españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

-Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley puede establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa para el acceso al empleo público, lo que se concretará en las correspondientes bases específicas.

-Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes. Los /las aspirantes que accedan a plazas reservadas para discapacitados deben tener acreditado el grado de minusvalía igual o superior al 33% y lo tienen que acreditar en el momento de la presentación de instancias, también deben solicitar en la misma instancia las adaptaciones que consideren adecuadas para llevar a cabo las pruebas selectivas.

No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse con inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otros estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

-Antes de tomar posesión del puesto, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo declarará en el plazo de diez días contados a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.

Los/las aspirantes que no poseen la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento de la lengua castellana, deberán acreditar su conocimiento mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137 /2002, de 31 de octubre; o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas o mediante la acreditación que están en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que poseen el nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita en esta lengua.

-Haber satisfecho los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias. Quedarán exentos del pago de la tasa de derechos de exámenes las personas con discapacidad igual o superior al 33%.

-Estar en posesión del título de educación secundaria obligatoria o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas.

Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados establecido en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12-03-2013) o por Certificado expedido por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Juventud, que según el Decreto 6/2012, de 3 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, (BOIB número 19, de 07-02-2012), garantice los conocimientos de catalán exigidos.

Proceso selectivo

El sistema de selección de esta convocatoria de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Palma es el de oposición y está compuesto de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 80 preguntas con tres respuestas alternativas, más 5 preguntas de reserva, que también es necesario contestar, en previsión de posibles anulaciones, sobre el contenido del temario que a continuación se indica. El tiempo máximo para desarrollar este ejercicio será de 90 minutos. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar este ejercicio.

Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba de carácter teórico-práctico sin ordenador, referido a un procesador de textos, del área de conocimientos 1 que se indica a continuación, y a un programa de hoja de cálculo, del área de conocimiento 2 que se indica a continuación (versión Office 365 Escritorio). Consistirá en responder un cuestionario de tipo test de 50 preguntas con tres respuestas alternativas, sólo una de las cuales será la correcta más 5 preguntas de reserva, que también es necesario contestar, en previsión de posibles anulaciones. El tiempo máximo para desarrollar este ejercicio será de 60 minutos. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar este ejercicio.

Puedes consultar las bases íntegras de esta convocatoria aquí mismo:

Si necesitas más información sobre esta convocatoria del Ayuntamiento de Palma, puedes contactar con el Servicio de Orientación de Mundopositor.