El próximo 14 de diciembre entrará en vigor la nueva Ley de Función Pública en Andalucía, que cambiará las oposiciones. Dicha Ley se publicó en el BOJA del pasado 14 de junio de 2023, pero su entrada en vigor debía esperar seis meses, aunque no en todos sus puntos, ya que el 15 de junio entraron en vigor algunos apartados como algunos aspectos relativos al acceso al empleo público y la adquisición y pérdida de la relación de servicio. Lo más importante es que las oposiciones serán más cortas y habrá un solo día de examen.
Además, el nuevo sistema permitirá prácticas tras los exámenes, y se aplicará gradualmente a partir de 2024. No hay que olvidar que en los próximos años se convocarán numerosas plazas, ya que la edad media de lo funcionarios en Andalucía es de 54 años.
Agilizar los procesos selectivos
La Ley de Función Pública ha sido elaborada y consensuada con los sindicatos de la Administración pública andaluza y cuenta con todos los informes preceptivos favorables. Entre los puntos más destacados se encuentra la apuesta por reforzar la formación continua, agilizar los procesos selectivos, profesionalizar la figura del personal directivo, mejorar la carrera profesional de los empleados públicos, incentivar la productividad y favorecer la conciliación de la vida laboral, personal y familiar regulando, entre otras cosas, el teletrabajo.
La Ley de Función Pública se estructura en 177 artículos, distribuidos en 13 títulos, 17 disposiciones adicionales, seis disposiciones transitorias, dos disposiciones derogatorias y dos disposiciones finales. Entre las principales novedades que recoge respecto a la legislación anterior destaca en primer lugar que la potestad de modificar y aprobar las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) en la Administración de la Junta de Andalucía recae sobre el titular de Función Pública en lugar de en el Consejo de Gobierno como hasta ahora.
Así, esta norma pretende agilizar los procesos selectivos, acortando los plazos para que todo sea mucho más ágil. También se establece la vía telemática para las convocatorias extraordinarias de estabilización.
Más transparencia en los puestos directivos
La norma también recoge las funciones que corresponden a las diferentes tipologías de empleados públicos (funcionario de carrera, funcionario interino, personal laboral y eventual), así como las potestades públicas que serán desempeñadas de forma exclusiva por el personal funcionario. Otra de las novedades importantes es la regulación de la dirección pública profesional de forma que se establece un sistema de selección del personal directivo por convocatoria pública y atendiendo a los principios de capacidad, conocimiento y competencia, para lo que se creará una comisión independiente, y un régimen jurídico y retributivo con una parte variable en función de objetivos marcados en los acuerdos de gestión, cuya evaluación también determinará la continuidad en el puesto.
El teletrabajo ha venido para quedarse
Uno de los aspectos que era necesario regular en la Administración Pública andaluza es el teletrabajo, sobre todo tras la pandemia del COVID. Con esta Ley de Función Pública se incorpora la posibilidad de teletrabajar, cuando el puesto lo permita, reconociendo además la necesaria desconexión digital. Todo ello como parte de las medias para favorecer la conciliación y la corresponsabilidad entre los empleados públicos.
Promoción del personal laboral
Otro aspecto importante, que no estaba regulado en la anterior Ley, es la formación, el aprendizaje y la acreditación de competencias, cuyos conceptos se definen y se recogen tanto como derecho y como deber.
Para atraer y retener el talento profesional a la Función Pública, la norma incluye una de las demandas históricas de los funcionarios: la carrera profesional. El personal funcionario de carrera e interino (el personal laboral tiene regulado los procedimientos en los convenios colectivos y el Estatuto de los Trabajadores) tendrá oportunidades de ascenso y promoción sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo gracias a la percepción de este nuevo concepto retributivo. Para ello se va a establecer un sistema de tramos en función de los resultados obtenidos al ser evaluados.
La evaluación del desempeño del personal de la Administración es uno de los aspectos novedosos de la Ley, que prevé un procedimiento de evaluación transparente, objetivo, fiable e imparcial. El objetivo es incentivar y reconocer el trabajo productivo teniendo en cuenta conceptos como el grado de interés, la iniciativa o la participación. Una evaluación positiva conllevará complementos retributivos por desempeño (que se sumarán a los correspondientes de carrera profesional, nivel competencial y puesto).
La norma será de aplicación a todos los empleados públicos de las administraciones andaluzas, con respeto de la normativa propia y específica de determinados sectores y ámbitos como el personal estatutario de Sanidad y Educación, así como a la autonomía local y universitaria.
En el caso de la Junta de Andalucía se aplica al personal funcionario y al personal laboral de la Administración general, al personal contratado por entidades instrumentales, a los directivos públicos profesionales y, en el caso de los eventuales, en aquello que se aplicable a la naturaleza de su condición.
Así serán los procesos de estabilización en Andalucía
Además, cabe recordar que los procesos extraordinarios de estabilización en esta región quedarán resueltos antes del 31 de diciembre de 2024. En el caso de los procesos selectivos de estabilización para la Administración General, la fase de oposición tendrá un peso de un 60% y la de concurso un 40%, al igual que en el ámbito Educativo, mientras que en el caso del SAS ambas fases computarán un 50%.
Si ya ser funcionario suponía disfrutar de grandes ventajas, con esta nueva norma de Función Pública en Andalucía, opositar es una opción de carrera muy a tener en cuenta.
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