La ley que pretende reducir la interinidad en el Empleo Público en España entró en vigor el 30 de diciembre de 2021 tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado el miércoles 29 de diciembre. Sin embargo, la Ley de interinos es cuestionada por algunos expertos juristas, y aún está por ver cuál será realmente su recorrido. En esta entrevista analizamos lo que puede ocurrir en los próximos meses.
Diferentes soluciones para reducir la temporalidad
Primero eran diez, después se redujeron a cinco los años que deben estar los interinos de la Administración Pública ocupando un puesto de trabajo de forma ininterrumpida para poder convertirse en funcionarios sin necesidad de hacer un examen. Sin embargo, ¿esta es la solución definitiva para la interinidad?
PSOE, Unidas Podemos, ERC y PNV acordaron recientemente que los interinos que tuviesen una antigüedad de más de cinco años pudiesen acceder a un concurso de méritos para poder ocupar una plaza de funcionarios. Una cifra que el pasado mes de julio eran diez años. María Jesús Montero se basó en aquel entonces en el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público para condonar a los interinos que lleven más de diez años en su puesto las pruebas de acceso propuestas por el anterior ministro de Función Pública, Miquel Iceta y así reducir la interinidad, tal y como Europa le exige a España, cuyo objetivo es bajar al 8% la tasa de temporalidad en el empleo público.
Cuando se alcanzó el acuerdo, antes de que entrase en vigor la Ley, el letrado experto en casos relacionados con la interinidad, Rafael de Ferrater Clavero, del bufete Clavero & Borbolla, declaraba que “todavía queda mucho partido y que este anuncio es solo una propuesta más dentro de todo lo que se está haciendo” y explicaba que puede plantear cierta crispación entre los interinos que lleven más de tres años pero no lleguen a cinco, además de que pueden darse muchas situaciones, como personas que hayan estado cinco años pero no ininterrumpidamente, porque hayan estado un período en situación de desempleo.
Con respecto a los interinos que lleven tres años en su puesto, De Ferrater explicaba que “hay una sentencia del Tribunal Supremo que dicta que si no se convoca esa plaza en ese período de tiempo es un caso claro de abuso de la temporalidad”. Por tanto, la interinidad es un tema complejo. El letrado ya expuso en ese momento que había “muchas posibilidades de que esta última propuesta para los interinos que lleven más de cinco años acabe por tumbarse en el Tribunal Constitucional”.
Cabe recordar que el Tribunal Supremo dictaminó en una sentencia emitida el pasado mes de julio por un caso referente al Servicio Canario de Salud en la que declaró que los sanitarios interinos que estén en situación de abuso de la temporalidad no tienen derecho a ser convertidos a fijos por ello.
Como ya explicó Julio Retamosa, presidente del sindicato CSIF en Castilla–La Mancha, para Mundopositor, la Comunidad Económica Europea exigía medidas al Gobierno de España para que éste pudiese acceder a la ayuda económica para superar la crisis provocada por la pandemia, y por ello se está haciendo hincapié en los últimos meses, desde que el exministro de Función Pública Iceta anunciase el Decreto-Ley y las orientaciones estratégicas. De momento, habrá que esperar al desarrollo de las circunstancias para ver cómo evoluciona esta ley y cómo reaccionan los diferentes colectivos que puedan verse afectados.
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