Las listas provisionales de admitidos y excluidos para los procesos de Trabajadores Sociales pueden consultarse en https://www.aragon.es/-/oposiciones, al igual que las listas de celadores hace unos días.
En el Boletín Oficial de Aragón nº197 de 22 de septiembre de 2021, se convocan procesos selectivos para cubrir 231 plazas de Celadores y 20 de Trabajadores Sociales en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante el sistema de concurso oposición. El plazo de presentación de solicitudes es del 23 de septiembre al 22 de octubre.
Las plazas se desglosan de la siguiente manera:
–231 plazas de Celadores, de las que 178 son de acceso libre, reservándose 13 para personas con discapacidad intelectual, 53 se convocan en el turno de promoción interna.
–20 plazas de Trabajadores Sociales, de las que 15 se convocan en el turno libre y 5 en el de promoción interna.
Requisitos
Para poder inscribirte en estas oposiciones de Celadores y Trabajadores Sociales es necesario cumplir las siguientes condiciones:
a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.
b) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad de[1]pendientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
c) Titulación.
Celadores: estar en posesión del Certificado de Escolaridad o certificado equivalente expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.
Trabajadores Sociales: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Diplomado o Grado en Trabajo Social, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. Las personas aspirantes que aleguen estudios equivalentes que permitan el acceso al desempeño de la categoría solicitada habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo b), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador, cualquiera que sea su situación administrativa.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según determina el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción aportada en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
h) Haber abonado la correspondiente Tasa.
i) En caso de optar por la plaza reservada a mujeres víctimas de violencia de género, deberá acreditarse tal condición en la forma establecida en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. Con la finalidad de proteger la integridad física de las aspirantes que sean víctimas de violencia, tanto si participan por el turno de reserva que para ellas se establece o por cualquier otro turno de acceso, no se publicará ningún tipo de información personal. Únicamente se publicará un código, que será asignado personalmente a cada una de ellas y que servirá de identificación a lo largo de todo el proceso selectivo. Estas aspirantes deberán ponerse en contacto con el Servicio de Selección y Provisión de Puestos de Personal Estatutario con la finalidad de establecer las medidas necesarias. Quienes concurran por esta reserva no podrán presentarse en esta convocatoria por otro turno de ingreso o acceso.
j) En caso de optar por las plazas reservadas a personas transexuales, deberá acreditarse tal condición mediante declaración notarial en la que se identifiquen con un género diferente al que se les asignó al nacer, o documentación justificativa de la incoación ante el Registro Civil del cambio de nombre, para la asignación de uno correspondiente al sexo diferente del resultante de la inscripción de nacimiento. En aras a hacer efectiva la reserva de confidencialidad legalmente prevista y de conformidad a los criterios comunitarios de proporcionalidad, respeto y protección, se evitará la publicación completa de los datos personales de los aspirantes que acceden por el turno de personas transexuales. Únicamente se publicará un código, que será asignado personalmente a cada uno de ellos y que servirá de identificación a lo largo de todo el proceso selectivo. Estos aspirantes deberán ponerse en contacto con el Servicio de Selección y Provisión de Puestos de Personal Estatutario con la finalidad de establecer las medidas necesarias. Quienes concurran por esta reserva no podrán presentarse en esta convocatoria por otro turno de ingreso o acceso.
k) En el supuesto de acceso por el cupo de reserva para víctimas del terrorismo, tener reconocida legalmente la condición de víctima de terrorismo o, en su defecto, de afectado por actos de terrorismo, como consecuencia de actos terroristas cometidos en la Comunidad Autónoma de Aragón o cuando la víctima tenga la condición política de aragonés. Tendrán la consideración de afectados por actos de terrorismo el cónyuge de la víctima no separado legalmente o de hecho o la persona unida por relación de afectividad análoga a la conyugal, los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y aquellas otras personas que convivan de forma estable con la víctima y dependan de la misma. La circunstancia relativa a la concurrencia del requisito establecido en este apartado deberá acreditarse mediante certificado expedido por los órganos competentes, que deberá presentarse junto con la solicitud para tomar parte en las pruebas selectivas. Quienes concurran por esta reserva no podrán presentarse en esta convocatoria por otro turno de ingreso o acceso.
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