El Ministerio de Hacienda que preside María Jesús Montero, titular también de la cartera de Función Pública, se basa en el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público para condonar a los interinos que lleven más de diez años en su puesto las pruebas de acceso propuestas por el anterior ministro de Función Pública, Miquel Iceta. Esto supondría otorgarles la condición de funcionarios sin examinarse.
Sin embargo, según el letrado experto en casos relacionados con la interinidad, Rafael de Ferrater Clavero, del bufete Clavero & Borbolla, “esto podría ser inconstitucional, y es posible que algún grupo de la oposición presente un recurso de inconstitucionalidad o incluso algún particular”.
En este sentido, de Ferrater Clavero indica que “por qué un interino que lleve diez años y no uno que lleve nueve u otro que lleve ocho, por ejemplo”, a lo que añade que “el principio de libre concurrencia de aprobar una oposición no se ha dado como tal, porque, aunque tengan los méritos y la capacidad, no ha habido ningún tipo de concurrencia con otras personas”.
Por este motivo, el letrado apunta a que “habrá que esperar para ver en qué queda el proyecto de ley que finalmente se tramite y se apruebe con todas las enmiendas que se puedan poner. El tema parece ser que no va a acabar aquí”.
Rafael de Ferrater explica que podría ser inconstitucional porque la excepcionalidad que se recoge en el artículo del Estatuto Básico del Empleado Público “se aplicaría de forma masiva, por lo que dejaría de tener el carácter de excepcionalidad que viene reflejado en la ley. Además, afectaría a los derechos de los funcionarios que quieran acceder a un concurso de traslados o a los de los opositores que se presenten a los próximos procesos selectivos”.
Este giro por parte del Ministerio de Hacienda del decreto – ley impulsado por Miquel Iceta se produce como resultado de las arduas negociaciones en el último momento entre el Gobierno y los grupos políticos para poder sacar adelante esta reforma que pretende reducir la interinidad en el empleo público tras una votación muy ajustada, por lo que todo apunta a que este tema tendrá continuidad, y podría estar sujeto a más modificaciones.
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El concurso oposición siempre ha estado ideado para la consolidación de los interinos.El acceso libre sólo debería estar regido por la fase de concurso.Siempre ha habido agravio comparativo entre interinos y acceso libre.Los sindicatos liberados de trabajar..deberían de estar en otras como por ejemplo ponerse a trabajar en tiempos de pandemia y no escaquearse como han hecho cuando se les ha requerido.En cuanto a éste gobierno no se ha caracterizado precisamente por tener un apego excesivo a las leyes y a la constitución.