En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana nº 9500 del 29 de diciembre de 2022 se publica una convocatoria de Profesores y Catedráticos en la C. Valenciana que incluye un total de 1.597 plazas. El plazo de inscripción de solicitudes estará abierto desde el 20 de febrero de 2023, a las 10:00 horas, hasta el día 20 de marzo de 2023, a las 15:00 horas.
Desglose de plazas
Las 1.597 plazas de Profesores y Catedráticos incluidas en esta convocatoria se distribuyen de la siguiente forma:
-Profesores de Enseñanza Secundaria: 1.501 plazas
-Profesores especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional: 68 plazas
-Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: 6 plazas
-Catedráticos de Música y Artes Escénicas: 20 plazas
-Profesores de Música y Artes Escénicas: 2 plazas
Así, esta es la distribución por áreas:
Profesores de Enseñanza Secundaria
-Filosofía: 26 plazas
-Latín: 12 plazas
-Lengua castellana y literatura: 95 plazas
-Geografía e Historia: 123 plazas
-Matemáticas: 173 plazas
-Física y Química: 61 plazas
-Biología y geología: 36 plazas
-Dibujo: 39 plazas
-Inglés: 120 plazas
-Alemán: 2 plazas
-Italiano: 1 plaza
-Música: 26 plazas
-Educación física: 46 plazas
-Orientación educativa: 25 plazas
-Tecnología: 59 plazas
-Formación y orientación laboral: 31 plazas
-Organización y proyectos de fabricación mecánica: 13 plazas
-Sistemas electrónicos: 6 plazas
-Organización y procesos de mantenimiento de vehículos: 13 plazas
-Asesoría y procesos de imagen personal: 6 plazas
-Intervención socio – comunitaria: 19 plazas
-Hostelería y turismo: 3 plazas
-Procesos y medios de comunicación: 7 plazas
-Informática: 71 plazas
-Lengua y literatura valenciana: 166 plazas
-Economía: 41 plazas
-Administración de empresas: 15 plazas
-Análisis y química industrial: 7 plazas
-Organización y gestión comercial: 16 plazas
-Procesos diagnóstico clínico y procedimientos ortoprotésicos: 14 plazas
-Procesos sanitarios: 13 plazas
-Procesos y productos de textil, confección y piel: 3 plazas
-Procesos y productos de vidrio y cerámica: 6 plazas
-Sistemas electrotécnicos y automáticos: 9 plazas
-Instalaciones electrotécnicas: 10 plazas
-Laboratorio: 7 plazas
-Oper. y equipos de elaboración de productos alimentarios: 5 plazas
-Operaciones y equipos de producción agraria: 11 plazas
-Procedimiento diagnóstico clínicos y ortoprotésicos: 14 plazas
-Procedimientos sanitarios y asistenciales: 22 plazas
-Procesos comerciales: 26 plazas
-Procesos de gestión administrativa: 24 plazas
-Servicios a la comunidad: 19 plazas
-Sistemas y aplicaciones informáticas: 34 plazas
-Técnicas y procedimientos de imagen y sonido: 3 plazas
-Equipos electrónicos: 23 plazas
Cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional
-Cocina y pastelería: 6 plazas
-Estética: 16 plazas
-Mantenimiento de vehículos: 10 plazas
-Mecanizado y mantenimiento de máquinas: 15 plazas
-Patronaje y confección: 4 plazas
-Peluquería: 5 plazas
-Producción de artes gráfiques: 4 plazas
-Servicio de restauración: 8 plazas
Cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
-Valenciano: 6 plazas
Cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas
-Danza clásica: 2 plazas
Cuerpo de catedráticos de Música y Artes Escénicas
-Repertorio con piano para voz: 2 plazas
-Repertorio con piano para instrumentos: 12 plazas
-Música de cámara: 4 plazas
-Tecnología musical: 2 plazas
Requisitos
Para poder inscribirte en esta convocatoria de Profesores y Catedráticos en la C. Valenciana deberás reunir las siguientes condiciones:
-Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
-Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del respectivo cuerpo, no padeciendo enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a la que se opta.
-No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala del funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
-Estar en posesión de alguna de la titulación requerida.
-No tener la condición de personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se pretenda ingresar.
-No haber sido condenado o condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
-Acreditar el conocimiento de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, que son el Valenciano y el Castellano.
Titulaciones requeridas
Con respecto a la titulación requerida para inscribirse en esta convocatoria de Profesores y Catedráticos, son las siguientes:
Profesores de Enseñanza Secundaria y profesores de Escuela Oficial de Idiomas
-Estar en posesión del título de doctor o doctora, licenciado o licenciada, ingeniero o ingeniera, arquitecto o arquitecta, o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
Para el ingreso en los cuerpos de catedráticos de Música y Artes Escénicas
-Estar en posesión del título de doctor o doctora, licenciado o licenciada, ingeniero o ingeniera, arquitecto o arquitecta, o del título de grado correspondiente.
-De acuerdo con lo que se establece en la disposición transitoria primera del Reglamento aprobado por el Real decreto 276/2007, hasta que no se regule para cada enseñanza la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, no se exige esta formación a los aspirantes al ingreso en este Cuerpo.
-Estar en posesión del título de doctor o doctora o estar en posesión del reconocimiento de suficiencia investigadora (Real decreto 185/1985 de 23 de enero) o el certificado diploma acreditativo de estudios avanzados (DEA Real decreto 778/1998 de 30 de abril o estar en posesión de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido para el ingreso a la función pública docente o máster oficial en enseñanzas artísticas superiores, para cuya obtención se hayan exigido, al menos, 60 créditos, que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la investigación propia de las enseñanzas artísticas.
Cuerpos de profesores de Música y Artes Escénicas
-Estar en posesión del título de doctor o doctora, licenciado o licenciada, ingeniero o ingeniera, arquitecto o arquitecta, o del título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de la docencia, determinados en el anexo VII del Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real decreto 270/2022, de 12 de abril, para cada especialidad.
-De acuerdo con lo que se establece en la disposición transitoria primera del Reglamento aprobado por el Real decreto 276/2007, hasta que no se regule para cada enseñanza la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, no se exige esta formación a los aspirantes al ingreso en estos Cuerpos.
Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
-Estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta, correspondiente u otros títulos de Técnico Superior de Formación Profesional declarados equivalentes, a efectos de docencia.
-Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, que modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, (LOMLOE), o la establecida para la capacitación pedagógica y didáctica de Técnicos Superiores o equivalente. La acreditación de la formación pedagógica y didáctica podrá acreditarse también tal y como se establece en el apartado 2.2.1 de esta convocatoria para los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria y profesores de escuelas oficiales de idiomas.
Proceso selectivo
El sistema de selección de esta convocatoria de Profesores y Catedráticos en C. Valenciana es el de concurso-oposición.
Puedes consultar las bases aquí mismo:
Si necesitas más información sobre esta convocatoria de Profesores y Catedráticos en C. Valenciana, puedes contactar con la Redacción de Mundopositor.
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